08 Ene Creación Superintendencia de Criptoomenda
En Gaceta Oficial Nro. 6.346 extraordinaria se publicó el Decreto N° 3.196 por medio del cual “Se autoriza la creación de la Superintendencia de Criptomoneda y actividades conexas Venezolana”, y se reguló lo siguiente:
- Superintendencia de Criptomoneda
El Ejecutivo Nacional creó la Superintendencia de Criptomoneda y actividades conexas venezolana, como un servicio desconcentrado y sin personalidad jurídica adscrito a la Vicepresidencia de la Republica. El presupuesto y los recursos financieros necesarios para el funcionamiento de la Superintendencia dependerán del Vicepresidente de la República y el Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas.
- El objeto del Decreto
Según el artículo 3°, el Decreto tiene como objeto regular la compra-venta de activos financieros, aplicación, uso y desarrollo de tecnologías Blockchain (cadena de bloques), minería y desarrollo de nuevas criptomonedas en el país.
- Creación del “PETRO”
Además de la creación de la Superintendencia, el artículo 4 hace referencia a la creación del “PETRO” como una criptomoneda, la cual tendrá como respaldo físico un contrato compra-venta por un (01) barril de petróleo de la cesta de crudo venezolano o cualquier commodities que decida la Nación, tales como oro, diamante, coltán y el gas.
- Canje del PETRO
A los fines de su canje, el tenedor de PETROS podrá cambiarlos por cualquier otra criptomoneda o en bolívares al tipo de cambio de mercado publicado por la casa de intercambio de cripto-activo nacional.
También se podrán cambiar los PETROS por otras criptomonedas o por monedas fiduciarias en los exchanges Internacionales.
Conforme al artículo 5, al igual que las demás criptomonedas, el tenedor de PETROS tendrá su propia Billetera Virtual.
- Entrada del “PETRO” al Mercado de Criptomonedas
Los artículo 8° y 9° del Decreto establecen que la colocación inicial del PETRO en el mercado se hará a través de subasta o asignación directa realizada por la Superintendencia, teniendo como estimado el número de barriles que el Ejecutivo Nacional otorgue como respaldo para el PETRO.
Luego de la subasta y la asignación directa a los inversionistas la custodia de los PETROS será descentralizada.
- Entrada en vigencia del Decreto
El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, es decir el 8 de diciembre de 2017.
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