01 Jul Ingreso mensual mínimo de los trabajadores en Venezuela se ubica en Bs. 5.196.000,00
En la Gaceta Oficial No. 6.383 Extraordinario del pasado 20 de junio de 2018 fueron publicados los Decretos Nos. 3.478 y 3.481. Mediante el primero de ellos, se incrementó hasta el triple del salario mínimo nacional que había estado vigente hasta entonces, mientras que en el segundo se facultó al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) a reajustar el valor de la Unidad Tributaria (UT), esto último con especial impacto en el cálculo del Cestaticket Socialista. El reajuste de la UT mediante Providencia Administrativa del SENIAT No. SNAT/2018/0120, fue publicado en la misma Gaceta Oficial, quedando establecido su valor en Bs. 1.200,00. A continuación se mencionan los aspectos más relevantes contenidos en estas normas.
- Impacto del reajuste de la Unidad Tributaria a Bs. 1.200,00 en el valor del Cestaticket Socialista:
Mediante el Decreto 3.481, el Ejecutivo Nacional facultó al SENIAT, a reajustar el valor de la UT, como en efecto éste hizo mediante Providencia Administrativa No. SNAT/2018/0120 publicada en la misma Gaceta Oficial, quedando establecido su valor en Bs. 1.200,00, significando un aumento de más del 41% con respecto al valor de la UT que estuvo vigente hasta entonces que era de Bs. 850,00.
De conformidad con el artículo 3 de la mencionada Providencia Administrativa, el nuevo valor de la UT entraría en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial, es decir, del mismo 20 de junio de 2018. Este ajuste tiene un importante impacto económico, ya que, entre otras cosas, se traduce en un considerable incremento del valor del beneficio del Cestaticket Socialista, cuyo monto total mensual pasa de Bs. 1.555.500,00 a Bs. 2.196.000,00. Es importante hacer notar que éste es el tercer ajuste de la UT en lo que va del año 2018.
2. Aumento del salario mínimo nacional y el pago de un bono especial adicional para los jubilados y pensionados:
Mediante el Decreto No. 3.478, el Ejecutivo Nacional incrementó en Bs. 2.000.000,00 el salario mínimo nacional, quedando establecido en la cantidad de Bs. 3.000.000,00 a partir del 16 de junio de 2018.
En dicho Decreto se fijó igualmente el aumento del salario mínimo nacional para los adolescentes aprendices, quedando en la cantidad de Bs. 2.250.000,00 (anteriormente de Bs. 750.000,00).
Adicionalmente, se fijó como monto mínimo mensual de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública y de las pensiones pagadas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) la cantidad de Bs. 3.000.000,00, equivalente al monto del salario mínimo nacional mensual. También, se fijó en 1.200.000,00, que representa el 40% de la pensión, el denominado “bono especial de guerra económica” a los pensionados del I.V.S.S. Así, el ingreso mínimo mensual de los pensionados se elevó a Bs. 4.200.000,00.
En relación a lo expuesto, podemos hacer algunos comentarios:
- En los primeros seis meses del año 2018 se han producido ya cuatro incrementos en los ingresos mínimos de los trabajadores y pensionados.
- Se ha producido un importante incremento en el salario mínimo que tendrá su correspondiente impacto económico en todos los rubros que tengan el salario como base de cálculo, incluyendo las cotizaciones al Seguro Social Obligatorio y pagos por guarderías.
- Con este aumento del salario mínimo se modificó la tendencia a incrementar el beneficio de alimentación en mayor proporción que el salario.
- Como consecuencia de los cambios comentados, los trabajadores que devengan el salario mínimo nacional y el Cestaticket Socialista tendrán un ingreso mensual mínimo de Bs. 5.196.000,00.
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